RADICACIÓN DE SUCESIONES
RADICACION DE SUCESIONES
El juicio sucesorio, se tramitara una vez que se denuncia la muerte o declaración del fallecimiento del autor de la herencia.
Existen dos clases de juicios sucesorios.
1.- El testamentario cuando la herencia se establece por testamento. (se tramite ante notario público.)
2.- El intestamentario, cuando no haya dejado testamento. (se tramitara ante los Tribunales judiciales.)
Es una juicio sucesorio testamentario que se tramitara cuando exista testamento, ante notario únicamente cuando el testador haya dejado testamento.
LAS SUCESIONES SE DIVIDE EN CUATRO SECCIONES
PRIMERA SECCIÓN
Apertura del testamento
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Aceptación y cargo de los herederos y albacea.
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Se envían oficios al archivo de notarias y al registro público de la propiedad, solicitando que nos den informes si el de cuyus no dejo una nueva disposición testamentaria.
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Se realizaran publicaciones en periódico oficial del estado y el periódico de mayor circulación.
SEGUNDA SECCIÓN
Inventarios y avaluos.
TERCERA SECCION.
Administración. Es todo lo relativo a la administración cuentas, su glosa y calificación
CUARTA SECCIÓN
Partición
En esta etapa se presenta un proyecto de distribución provisional de los productos de los bienes hereditarios.
Nota: las secciones tercera y la cuarta podrán omitirse cuando el heredero se ha el único y la vez desempeñe el cargo de albacea