CESIÓN DE DERECHOS E HIPOTECAS
LA HIPOTECA es un derecho real de garantía, que se constituye sobre un bien determinado, enajenable, por medio del cual no se desposee del bien a quien constituye la hipoteca, únicamente confiere al titular acciones persecutorias de venta y de preferencia en el pago.
El Código Civil para el Estado de Morelos en su artículo 2359, define a la hipoteca como una garantía real constituída sobre bienes inmuebles determinados y enajenables que no se entregan al acreedor, y que en caso de incumplimiento de la obligación principal, otorga al titular los derechos de persecución, de venta y de preferencia en el pago.
Un préstamo hipotecario o hipoteca es aquel en donde la garantía recae sobre el inmueble en cuestión, generalmente son concedidos dejando un inmueble como garantía, el proceso de formalización de este acto jurídico se realiza ante notario y debe ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado.
Debido al tipo de garantía que se utiliza en los préstamos hipotecarios se permiten plazos más largos que en los préstamos personales para la devolución del dinero, las hipotecas suelen tener tipos de intereses menores que los intereses que se adjudican a los préstamos personales.
La adquisición de un préstamo hipotecario es un proceso lento y que requiere de una serie de garantías de tipo personal y del propio inmueble que se quiere comprar, las condiciones son establecidas por cada entidad.
A continuación una lista de posibles temas que pueden realizar interesantes al momento de comprar una vivienda mediante una hipoteca.